La Justicia ordenó la suspensión provisoria del proyecto del parque acuático previsto para la Costanera Norte de Rosario, una iniciativa impulsada por el municipio que ya había comenzado con trabajos de vallado y demolición en la zona de la Rambla Catalunya y La Florida.
La resolución fue dictada por el juez Luciano Daniel Juárez, titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación, quien dispuso la suspensión inmediata de los efectos del Decreto N.º 715/2026 y la paralización total de las obras vinculadas al emprendimiento.
La medida fue adoptada en el marco de una presentación realizada por concejales del bloque Ciudad Futura, quienes cuestionaron el procedimiento administrativo utilizado por el Departamento Ejecutivo Municipal para avanzar con la iniciativa.
Según el fallo, existe un riesgo concreto de que se produzcan daños de difícil reparación mientras continúa la discusión judicial sobre la legalidad del proyecto. Por ese motivo, el magistrado decidió aplicar una medida precautelar de carácter provisorio hasta que se determine qué juzgado deberá intervenir definitivamente en la causa.
Uno de los principales cuestionamientos planteados por los demandantes es que el predio donde se proyecta la obra forma parte de un área de reserva urbana, por lo que cualquier intervención debería haber sido sometida previamente a la aprobación del Concejo Municipal mediante un Plan de Detalle específico.
Además, se señala que las tareas de vallado y demolición comenzaron antes de la adjudicación definitiva de la licitación, situación que fue denunciada como una posible vía de hecho administrativa.
El conflicto judicial también involucra otras presentaciones realizadas en distintos tribunales. Entre ellas, un amparo ambiental impulsado por organizaciones vinculadas a actividades náuticas y otra demanda que reclama estudios completos de impacto ambiental e hídrico antes de avanzar con la ejecución del proyecto.
En su resolución, Juárez sostuvo que todas las acciones judiciales iniciadas tienen origen en un mismo acto administrativo y advirtió que mantener los expedientes separados podría derivar en decisiones contradictorias sobre un mismo conflicto.
Mientras se resuelve la cuestión de competencia entre los distintos juzgados, la medida ordena detener cualquier avance relacionado con la obra. De esta manera, el futuro del parque acuático quedará sujeto a las próximas definiciones judiciales y a lo que resuelva la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario.










