El Senado dio media sanción a la ley de Propiedad Privada: qué cambia con los desalojos, los alquileres y las expropiaciones

El Senado aprobó este jueves el proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, una iniciativa impulsada por el oficialismo que introduce cambios en materia de desalojos, contratos de alquiler, expropiaciones y regularización dominial. La propuesta obtuvo media sanción y ahora será debatida en la Cámara de Diputados.

La reforma busca agilizar los procesos judiciales vinculados a la recuperación de inmuebles ocupados, establecer nuevas reglas para las expropiaciones y modernizar el sistema registral mediante la incorporación de documentación digital.

Desalojos más rápidos

Uno de los principales puntos del proyecto es la implementación de un procedimiento sumarísimo para los desalojos, con el objetivo de reducir los tiempos judiciales.

La iniciativa establece que el mecanismo podrá aplicarse en casos de inmuebles usurpados o cuando existan ocupantes sin un título válido de tenencia.

Entre las principales modificaciones se destacan:

  • El juez podrá ordenar la restitución inmediata del inmueble cuando el derecho invocado por el propietario resulte verosímil y se presente una caución juratoria.
  • Si el propietario acredita documentalmente la titularidad del inmueble, podrá solicitar que el ocupante sea intimado a devolver la propiedad dentro de las 72 horas.
  • También se amplía la legitimación para iniciar acciones judiciales, permitiendo que no solo los propietarios, sino también quienes acrediten un interés legítimo sobre el inmueble, puedan promover un desalojo.

Cambios para los contratos de alquiler

El proyecto también incorpora modificaciones para los conflictos entre propietarios e inquilinos.

En casos de falta de pago, el propietario deberá intimar al inquilino y otorgarle un plazo mínimo de diez días corridos para regularizar la deuda antes de iniciar el desalojo.

Si el incumplimiento persiste, la acción judicial deberá resolverse en un plazo de diez días hábiles.

Además:

  • Las notificaciones podrán realizarse en el domicilio declarado en el contrato o por correo electrónico.
  • El propietario no podrá rechazar la devolución de las llaves ni imponer condiciones para recibirlas, aunque podrá dejar constancia de las deudas pendientes para reclamarlas posteriormente.

Cuando en el inmueble habiten menores de edad o personas en situación de vulnerabilidad, el juez deberá dar intervención a los organismos de protección correspondientes.

Nuevas reglas para las expropiaciones

Otro de los ejes de la iniciativa modifica el régimen de expropiaciones.

Entre los cambios previstos figuran:

  • La declaración de utilidad pública deberá aplicarse con un criterio restrictivo y debidamente fundamentado.
  • Se fija un tope del 30 % para las indemnizaciones por lucro cesante.
  • Los intereses deberán calcularse según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más la tasa del Banco Nación a 30 días.
  • La transferencia definitiva del bien no podrá concretarse sin el pago previo de la indemnización, aunque el Estado podrá solicitar la posesión del inmueble.
  • En caso de desacuerdo sobre el valor del bien, el juez podrá requerir una tasación al Tribunal de Tasaciones de la Nación.

Con estas modificaciones, el oficialismo sostiene que busca otorgar mayor previsibilidad jurídica y limitar la discrecionalidad del Estado en los procesos expropiatorios.

Escrituras digitales y regularización dominial

El proyecto también incorpora medidas para modernizar los Registros de la Propiedad de todo el país, habilitando la presentación de documentación en formato digital.

Además, modifica la denominada Ley Pierri para facilitar la regularización dominial de viviendas únicas. El beneficio alcanzará a familias que acrediten una posesión pública, pacífica y continua durante los diez años previos al inicio del trámite.

Tras obtener media sanción en el Senado, el proyecto continuará ahora su tratamiento en la Cámara de Diputados, donde deberá ser aprobado para convertirse en ley.

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