Con el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) como eje del debate, la Cámara de Diputados dio luz verde a la reforma laboral impulsada por el Ejecutivo, en una votación ajustada que terminó consolidando los artículos más discutidos del proyecto. El único cambio introducido fue la eliminación del artículo vinculado a las licencias por enfermedad, punto que ahora deberá ser revisado por el Senado, donde se anticipa que será ratificado.
El FAL, el núcleo de la discusión
El FAL —respaldado con 130 votos a favor, 117 en contra y 3 abstenciones— establece un mecanismo obligatorio para financiar las indemnizaciones por despido. El esquema fija que los empleadores deberán aportar un 3% del salario de cada trabajador, calculado sobre la misma base que las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Ese dinero se acumulará en una cuenta específica destinada exclusivamente al pago de compensaciones laborales.
El punto generó resistencia en sectores opositores, que advierten que actualmente esos recursos se canalizan hacia la Anses y temen un posible impacto en el financiamiento del sistema previsional. También plantean dudas sobre el eventual destino financiero de esos fondos.
Otros cambios relevantes de la reforma
Negociación colectiva por empresa
La norma establece que los convenios colectivos de mayor alcance no podrán alterar lo acordado en convenios de ámbito menor. Esto implica una descentralización de la negociación y un mayor protagonismo de los acuerdos por empresa.
Fin de la ultraactividad
Los convenios colectivos que hayan vencido dejarán de regir una vez cumplido su plazo, hasta que se firme un nuevo acuerdo. De esta manera, se elimina la continuidad automática de sus efectos.
Régimen de indemnizaciones
Se mantiene la fórmula tradicional: un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses, tomando como referencia la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año.
No obstante, se aclara que no se incluirán conceptos de pago no mensual —como aguinaldo, vacaciones o premios extraordinarios— en el cálculo de la indemnización por despido sin causa.
Banco de horas
Se habilita un sistema de compensación horaria que permite extender la jornada en determinados días y reducirla en otros, siempre sin superar el límite semanal legal. La jornada diaria podrá llegar hasta 12 horas, con un descanso obligatorio equivalente, compensándose luego con menor carga horaria en otra fecha.
Vacaciones
El período para otorgarlas se fija entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente. Además, podrán fraccionarse, siempre que cada tramo no sea inferior a siete días.
Derecho de huelga
Se amplía el listado de actividades consideradas servicios esenciales y se incorporan los denominados servicios trascendentales. En los primeros deberá garantizarse una prestación mínima del 75%, y en los segundos, del 50%.
Derogaciones
La reforma deja sin efecto la actual ley de teletrabajo, que será reemplazada por un esquema más flexible. Asimismo, establece la eliminación de estatutos profesionales específicos —como el del periodista profesional— en el plazo de un año desde la entrada en vigencia de la norma.
En conjunto, el proyecto redefine aspectos centrales de la relación laboral, con especial foco en el sistema de indemnizaciones y en la estructura de negociación colectiva.







